Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 1 Sobre los trabajadores domésticos migratorios

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas en movilidad Humana / Trabajo
Las leyes deben reconocer el el derecho de los trabajadores domésticos migratorios a fundar organizaciones y a afiliarse a ellas, independientemente de su condición migratoria, y se debe fomentar el ejercicio de ese derecho.
No. Párr. 46 Vigente Desde: 23/02/2011
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva