Detalle de obligacion de derechos humanos

Observaciones finales Comité de Derechos Humanos - Ecuador

Derechos del buen vivir / Derecho al trabajo / Mujeres
El Estado parte debe adoptar medidas adecuadas para garantizar la plena aplicación de la legislación vigente de forma que no se discrimine a la mujer. El Estado parte debe redoblar sus esfuerzos para combatir la discriminación contra las mujeres en el mundo laboral a fin de garantizar en la práctica la igualdad de oportunidades en la obtención de cargos directivos en el sector público y privado así como igualdad de remuneración por el mismo empleo.
No. Párr. 8 Vigente Desde: 04/11/2008
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva