Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 31 La prevención de la discriminación racial en la administración y el funcionamiento de la justicia penal

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Víctimas de violencia / No discriminación
Enjuiciar en la vía penal todos los actos de racismo que deberían tipificarse como delitos punibles, particularmente la difusión de ideas basadas en la superioridad o el odio raciales, la incitación al odio racial, la violencia o la incitación a la violencia racial, así como las actividades de propaganda racista y las organizaciones racistas.
No. Párr. 4 (a) Vigente Desde: 03/10/2005
Institución responsable

Función del Estado Función Legislativa