Detalle de obligacion de derechos humanos
Informe de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos - Margaret Sekaggya - 2013
La comunidad internacional debe:
a) Reconocer y apoyar la labor legítima de los defensores de los derechos humanos, tanto mediante el reconocimiento público de su labor como a través de la prestación de asistencia técnica y financiera para aumentar su capacidad o mejorar su seguridad si es necesario;
b) Garantizar un acceso seguro y sin trabas a los órganos internacionales de derechos humanos, en particular las Naciones Unidas, sus representantes y sus mecanismos en la esfera de los derechos humanos.
No. | Párr. 132 | Vigente Desde: | 23/12/2013 |
Institución responsable
La comunidad internacional debe: a) Reconocer y apoyar la labor legítima de los defensores de los derechos humanos, tanto mediante el reconocimiento público de su labor como a través de la prestación de asistencia técnica y financiera para aumentar su capacidad o mejorar su seguridad si es necesario; b) Garantizar un acceso seguro y sin trabas a los órganos internacionales de derechos humanos, en particular las Naciones Unidas, sus representantes y sus mecanismos en la esfera de los derechos humanos.
Función del Estado | Función Ejecutiva |