Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 14 El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas usuarias y consumidoras / Pueblos indígenas
Asegurar el derecho de los pueblos indígenas a medidas específicas que les permitan mejorar su acceso a los servicios de salud y a las atenciones de la salud. Asegurar servicios de salud apropiados desde el punto de vista cultural, es decir, tener en cuenta los cuidados preventivos, las prácticas curativas y las medicinas tradicionales.
No. Párr. 27 Vigente Desde: 11/08/2000
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva