Detalle de obligacion de derechos humanos

C102 - Sobre la seguridad social (OIT)

Derechos del buen vivir / Derecho a la seguridad Social / OIT
Garantizar a las personas protegidas la concesión de prestaciones de vejez, de conformidad con los artículos 26, 27, 28, 29 y 30.
No. Artículo 25 Vigente Desde: 25/10/1974
Institución responsable

Función del Estado Otra