Detalle de obligacion de derechos humanos
Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador"
Garantizar en la legislación nacional que, cuando se trate de adolescentes menores de 16 años, la jornada de trabajo deberá subordinarse a las disposiciones sobre educación obligatoria y en ningún caso podrá constituir un impedimento para la asistencia escolar o ser una limitación para beneficiarse de la instrucción recibida.
No. | Artículo 7 (f) | Vigente Desde: | 16/11/1999 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |