Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
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Derechos de las personas en movilidad Humana
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Libertad personal
Garantizar a los trabajadores migratorios y sus familiares el derecho a la libertad y seguridad personales.
Garantizar a los trabajadores migratorios y sus familiares el derecho a la protección efectiva del Estado contra toda violencia, daño corporal, amenaza o intimidación por parte de funcionarios públicos o de particulares, grupos o instituciones.
Verificar la identidad de los trabajadores migratorios o de sus familiares con arreglo a los procedimientos establecidos por ley.
No someter a los trabajadores migratorios y sus familiares individual ni colectivamente, a detención o prisión arbitrarias; no serán privados de su libertad, salvo por los motivos y de conformidad con los procedimientos que la ley establezca.
En caso de detención de los trabajadores migratorios o sus familiares, informarles en el momento de la detención, de ser posible en un idioma que comprendan, de los motivos de esta detención, y notificarles prontamente, en un idioma que comprendan, las acusaciones que se les haya formulado.
Los trabajadores migratorios y sus familiares detenidos o presos a causa de una infracción penal serán llevados sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales y tendrán derecho a ser juzgados en un plazo razonable o a ser puestos en libertad.
Asegurar que la prisión preventiva de las personas que deben ser juzgadas no sea la regla general.
Cuando un trabajador migratorio o un familiar suyo sea arrestado, recluido en prisión o retenido, y si este lo solicitara, se informará sin demora a las autoridades consulares o diplomáticas de su Estado de origen, o de un Estado que represente los intereses del Estado de origen sobre la detención o prisión y los motivos de esa medida.
Incoar procedimientos ante un tribunal, a fin de que éste pueda decidir sin demora acerca de la legalidad de su detención y ordenar su libertad si la detención no fuere legal. En el ejercicio de este recurso, recibirán la asistencia, gratuita si fuese necesario, de un intérprete cuando no pudieren entender o hablar el idioma utilizado.
En caso de detención o prisión ilegal garantizar a los trabajadores migratorios o sus familiares, el derecho a exigir una indeminzación.