Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades
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Derecho de los pueblos indígenas a los recursos naturales renovables dentro de sus tierras
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Reparación
(1): Garantizar a los pueblos indígenas el derecho a la reparación, por medios que pueden incluir la restitución o, cuando ello no sea posible, una indemnización justa y equitativa por los recursos que tradicionalmente hayan poseído u ocupado o utilizado y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento libre, previo e informado; (2): Salvo que los pueblos interesados hayan convenido libremente en otra cosa, la indemnización consistirá recursos de igual calidad, extensión y condición jurídica o en una indemnización monetaria u otra reparación adecuada.