Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
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Derechos de las personas en movilidad Humana
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Libertad de movimiento
Asegurar a los trabajadores migratorios y sus familias el derecho a la libertad de movimiento en el territorio del Estado de empleo y a escoger libremente su residencia. Este derecho no estará sujeto a ninguna restricción salvo las que estén establecidas por ley, sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas o los derechos y las libertades de los demás y sean congruentes con los demás derechos reconocidos en la Convención.