Detalle de obligacion de derechos humanos
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
Garantizar a los pueblos indígenas el derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado.
No. | Artículo 25 | Vigente Desde: | 13/09/2007 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Judicial y de Justicia Indígena |