Derechos del buen vivir
/
Derecho al trabajo
/
Personas en movilidad humana
Garantizar el derecho de los trabajadores migratorios y sus familias a establecer asociaciones y sindicatos en el Ecuador para el fomento y la protección de sus intereses económicos, sociales, culturales y de otra índole.
No imponer restricciones al derecho de los trabajadores migratorios y sus familias a establecer asociaciones y sindicatos, salvo las que prescriba la ley y resulten necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional o el orden público o para proteger los derechos y libertades de los demás.