Detalle de obligacion de derechos humanos
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares
Garantizar a los trabajadores migratorios y sus familias el derecho a transferir sus ingresos y ahorros y, de conformidad con la legislación aplicable de los Estados de que se trate, sus efectos personales y otras pertenencias.
No. | Artículo 32 | Vigente Desde: | 01/06/2003 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |