Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
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Derechos de las personas jóvenes
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Atención prioritaria
Crear un organismo gubernamental permanente, encargado de diseñar, coordinar y evaluar políticas públicas de juventud.
Promover todas las medidas legales y de cualquier otra índole destinadas a fomentar la organización y consolidación de estructuras de participación juvenil en los ámbitos locales, regionales y nacionales, como instrumentos que promuevan el asociacionismo, el intercambio, la cooperación y la interlocución con las autoridades públicas.
Dotar a los organismos públicos nacionales de juventud de la capacidad y los recursos necesarios para que puedan realizar el seguimiento del grado de aplicación de los derechos de los jóvenes reconocidos en la Convención y en la legislación interna.
Elaborar y difundir informes nacionales anuales acerca de la evolución y progresos realizados en la materia.