Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
/
Derechos de las personas en movilidad Humana
/
Seguridad social
Conseguir, a través de acuerdo bilaterales o multilaterales, que los trabajadores vinculados a un proyecto estén debidamente protegidos por los sistemas de seguridad social de sus Estados de origen o de residencia habitual durante el tiempo que estén vinculados al proyecto.
Evitar toda denegación del derecho a la seguridad social o duplicación de pagos a través de acuerdos bilaterales o multilaterales.
Permitir que los ingresos de los trabajadores vinculados a un proyecto se abonen en su Estado de origen o residencia habitual.