Detalle de obligacion de derechos humanos
Convención sobre los Derechos del Niño
Tomar en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente, cuando para combatir las enfermedades y la malnutrición de niños, niñas y adolescentes, se utilice a la tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre.
No. | Artículo 24 (2) ( c) | Vigente Desde: | 02/09/1990 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |