Artículo 17 Asegurar que nadie sea objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación. Proteger a toda persona contra esas injerencias o esos ataques.
Artículo 11 Asegurar que nadie sea objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada. Proteger a toda persona contra esas injerencias o esos ataques.
Artículo 14 Asegurar que ningún trabajador migratorio o familiar suyo sea sometido a injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, familia, hogar, correspondencia u otras comunicaciones ni a ataques ilegales contra su honor y buen nombre.
Artículo 16 (1) Garantizar el derecho de los niños, niñas y adolescentes a no ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia o su domicilio.
Artículo 40 (2) (b) (vii) Respetar plenamente la vida privada del niño o niña en todas las fases del procedimiento penal.
Artículo 22 Evitar las injerencias arbitrarias o ilegales en la vida privada, familia, hogar, correspondencia o cualquier otro tipo de comunicación, o de agresiones ilícitas contra el honor y la reputación de las personas con discapacidad. Proteger la privacidad de la información personal y relativa a la salud y a la rehabilitación de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.