Buscador de estándares sobre derechos humanos

Examen Periódico Universal - Ecuador - 2012

Párr. 135.13
Aceptar la solicitud presentada en 2004 por el Relator Especial sobre el derecho a la libertad de opinión y de expresión para visitar el país.


Párr. 135.36
Proseguir los esfuerzos para garantizar a todos los ecuatorianos el derecho a la comunicación libre, intercultural, diversa y participativa en todos los entornos y medios de comunicación y el derecho a buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información fidedigna, verificada, oportuna, contextualizada y plural.


Párr. 135.38
Garantizar en todas las circunstancias la independencia de los medios de comunicación y adoptar las medidas necesarias para que la legislación nacional sobre los delitos contra el honor y la difamación no mine la libertad de expresión. Examinar las leyes vigentes y los proyectos de ley sobre la libertad de expresión y la libertad de prensa para asegurarse de que estén en conformidad con las normas internacionales y, más concretamente, eliminar las disposiciones que penalicen la difamación, las también llamadas leyes de desacato. Derogar todas las disposiciones legales que contravengan a las normas internacionales sobre la libertad de expresión, especialmente todas las leyes contra el insulto y todas las normas que penalicen la difamación de los funcionarios y las instituciones públicas. Poner toda la legislación penal sobre el insulto y la difamación en conformidad con las normas internacionales sobre la libertad de expresión.


Párr. 135.39
Velar porque las disposiciones penales no se utilicen para limitar la capacidad de los defensores de los derechos humanos o los manifestantes para ejercer su derecho a la libertad de expresión.


Párr. 135.40
Garantizar a todos, incluidos los periodistas y los defensores de los derechos humanos, el ejercicio de la libertad de expresión. Proteger el derecho a la libertad de expresión de los periodistas.


Párr. 135.44
Participar en un diálogo constructivo con los medios de comunicación, las ONG y los órganos internacionales para promover la libertad de expresión en el Ecuador.


Párr. 135.60
Adoptar las medidas necesarias para erradicar la tendencia y/o la difusión, a través de los medios de comunicación, de estereotipos que puedan dar lugar a la discriminación de los migrantes y los refugiados.


Párr. 136.01
Reformar la legislación sobre la libertad de expresión con vistas a ponerla en conformidad con las normas internacionales y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.


Párr. 136.02
Derogar las leyes que penalicen la opinión y aceptar las solicitudes de visita de los relatores especiales de la OEA y las Naciones Unidas sobre la libertad de expresión.


Observaciones finales Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial - Ecuador - 2012

Filtros de búsqueda
Usted está buscando