Detalle de obligacion de derechos humanos

Informe del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas - Consulta

Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades / Derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa, libre e informada / Consentimiento
En todos los casos en que se aplique el deber de celebrar consultas su finalidad debe ser la obtención del consentimiento o el acuerdo de los pueblos indígenas afectados. Realizar la consulta en las primeras etapas de la elaboración o planificación de la medida propuesta a fin de que los pueblos indígenas puedan verdaderamente participar e influir en el proceso de adopción de decisiones.
No. Párr. 65 Vigente Desde: 15/07/2009
Institución responsable

Función del Estado Función de Transparencia y Control Social