Detalle de obligacion de derechos humanos

Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

Derechos del buen vivir / Derecho a la salud / Pueblos indígenas
Garantizar el derecho de pueblos indígenas a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo. En particular, los pueblos indígenas tienen derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de salud y, en lo posible, a administrar esos programas mediante sus propias instituciones.
No. Artículo 23 Vigente Desde: 10/12/2007
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva