Detalle de obligacion de derechos humanos

Convenio sobre el cáncer profesional

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas con enfermedades catastróficas / Salud
Prescribir las medidas que deban tomarse para proteger a los trabajadores contra los riesgos de exposición a las sustancias o agentes cancerígenos.
No. Artículo 3 Vigente Desde: 27/03/1975
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva