Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Derechos del buen vivir / Derecho a la alimentación / Personas con discapacidad
Garantizar el derecho de las personas con discapacidad a un nivel de vida adecuado para ellas y sus familias, lo cual incluye alimentación adecuada y adoptar las medidas pertinentes para salvaguardar y promover el ejercicio de este derecho sin discriminación por motivos de discapacidad.
No. Articulo 28 (1) Vigente Desde: 03/05/2008
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva