Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas con discapacidad / Atención prioritaria
Designar uno o más organismos gubernamentales encargados de las cuestiones relativas a la aplicación de la Convención y considerar detenidamente la posibilidad de establecer o designar un mecanismo de coordinación para facilitar la adopción de medidas al respecto en diferentes sectores y a diferentes niveles. Mantener, reforzar, designar o establecer a nivel nacional, un marco, de uno o varios mecanismos independientes, para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención.
No. Artículo 33 Vigente Desde: 03/05/2008
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva