Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Derechos de protección / Derecho al debido proceso / Personas con discapacidad
Asegurar que las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás no se vean privadas de su libertad ilegal o arbitrariamente y que cualquier privación de libertad sea de conformidad con la ley, y que la existencia de una discapacidad no justifique en ningún caso una privación de la libertad. Asegurar que las personas con discapacidad que se vean privadas de su libertad en razón de un proceso tengan, en igualdad de condiciones con las demás, derecho a garantías de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos y a ser tratadas de conformidad con los objetivos y principios de la Convención, incluida la realización de ajustes razonables.
No. Artículo 14 Vigente Desde: 03/05/2008
Institución responsable

Función del Estado Función Judicial y de Justicia Indígena