Detalle de obligacion de derechos humanos

Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades / Derecho de los pueblos indígenas a la participación / Condiciones de vida
Garantizar a los pueblos indígenas el derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que les conciernan y, en lo posible, a administrar esos programas mediante sus propias instituciones.
No. Artículo 23 Vigente Desde: 13/09/2007
Institución responsable

Función del Estado Función de Transparencia y Control Social