Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Iberoamericana de los derechos de los jóvenes

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas jóvenes / Seguridad social
Adoptar las medidas necesarias para que los jóvenes tengan derecho a la protección social frente a situaciones de enfermedad, accidente laboral, invalidez, viudez y orfandad y todas aquellas situaciones de falta o de disminución de medios de subsistencia o de capacidad para el trabajo.
No. Artículo 28 Vigente Desde: 27/11/2006
Institución responsable

Función del Estado Otra