Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Iberoamericana de los derechos de los jóvenes

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas jóvenes / Inviolabilidad de la vida
Garantizar el desarrollo físico, moral e intelectual que permita la incorporación de los jóvenes al protagonismo de la vida colectiva con niveles óptimos de madurez. Adoptar medidas tuitivas contra las agresiones que puedan ser causa de menoscabo del proceso de desarrollo de los jóvenes. Para los países que conservan la pena de muerte, garantizar que ésta no se aplique a quienes, al momento de cometer el delito, fueren considerados jóvenes, es decir, a todas las personas, nacionales o residentes en algún país de Iberoamérica, comprendidas entre los 15 y los 24 años de edad.
No. Artículo 9 Vigente Desde: 27/11/2006
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva