Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Iberoamericana de los derechos de los jóvenes

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas jóvenes / Igualdad formal y material y no discriminación
Respertar y garantizar a los jóvenes el pleno disfrute y ejercicio de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales, y culturales.
No. Artículo 2 Vigente Desde: 27/11/2006
Institución responsable

Función del Estado No especificado