Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Iberoamericana de los derechos de los jóvenes

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas jóvenes / Integridad personal
Reconocer a los jóvenes, con la extensión expresada en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el derecho a su libertad y al ejercicio de la misma, sin ser coartados ni limitados en las actividades que derivan de ella. Prohibir cualquier medida que atente contra la libertad, integridad y seguridad física y mental de los jóvenes. Garantizar que los jóvenes no sean arrestados, detenidos, presos o desterrados arbitrariamente.
No. Artículo 16 Vigente Desde: 27/11/2006
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva