Detalle de obligacion de derechos humanos

C169 - Sobre pueblos indígenas y tribales (OIT)

Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades / Derecho de los pueblos indígenas sobre sus conocimientos colectivos / Derecho a la educación
Asegurar que los programas y servicios de educación abarquen la historia, los conocimientos y técnicas de los pueblos indígenas, así como sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales.
No. Artículo 27 (1) Vigente Desde: 15/05/1998
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva