Detalle de obligacion de derechos humanos

Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades / Derecho de los pueblos indígenas a la participación / Obligación general
Garantizar el derecho de los pueblos indígenas a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.
No. Artículo 5 Vigente Desde: 13/09/2007
Institución responsable

Función del Estado Función de Transparencia y Control Social