Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Americana sobre Derechos Humanos

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de niñas, niños y adolescentes / Atención prioritaria
No podrán suspenderse los derechos de los niños y niñas.
No. Artículo 27 (2) Vigente Desde: 08/12/1977
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva