Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares

Derechos de protección / Derecho al acceso a la justicia / Personas en movilidad humana
Garantizar a los trabajadores migratoriosy sus familias iguales derechos que los nacionales ante los tribunales y las cortes de justicia. Ello incluye: ser oídos públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ellos o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil.
No. Artículo 18 (1) Vigente Desde: 01/06/2003
Institución responsable

Función del Estado Función Judicial y de Justicia Indígena