Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer

Derechos del buen vivir / Derecho a la alimentación / Mujeres
Garantizar a las mujeres en las zonas rurales el acceso a los créditos y préstamos agrícolas, a los servicios de comercialización y a las tecnologías apropiadas, y a recibir un trato igual en los planes de reforma agraria y de reasentamiento.
No. Articulo 14 (2) (g) Vigente Desde: 09/12/1981
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva