Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer

Mujeres / Derechos de las mujeres / Igualdad formal y material y no discriminación
Adoptar medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer. Estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado los objetivos de igualdad de oportunidad y trato. Adoptar medidas especiales encaminadas a proteger la maternidad.
No. Artículo 4 Vigente Desde: 09/12/1981
Institución responsable

Función del Estado Función de Transparencia y Control Social