Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención sobre los Derechos del Niño

Derechos de libertad / Derecho a la integridad personal / Niñas, niños y adolescentes
Promover la recuperación física y psicológica y la reintegración social de todo niño víctima de cualquier forma de tortura u otra forma de tratos o penas crueles, inhumanos o degradante. Esa recuperación y reintegración se llevarán a cabo en un ambiente que fomente la salud, el respeto de sí mismo y la dignidad del niño.
No. Artículo 39 Vigente Desde: 02/09/1990
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva