Detalle de obligacion de derechos humanos

Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador"

Derechos de libertad / Derecho a acceder bienes y servicios públicos de calidad / Derecho a la salud
Garantizar a toda persona el derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social. Reconocer la salud como un bien público. Garantizar la extensión de los beneficios de los servicios de salud a todos los individuos sujetos a la jurisdicción del Estado. Garantizar la satisfacción de las necesidades de salud de los grupos de más alto riesgo y que por sus condiciones de pobreza sean más vulnerables.
No. Artículo 10 Vigente Desde: 16/11/1999
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva