Detalle de obligacion de derechos humanos

Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

Derechos del buen vivir / Derecho a la vivienda / Pueblos indígenas
Garantizar el derecho de los pueblos indígenas a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo, en particular, su derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de vivienda.
No. Artículo 23 Vigente Desde: 10/12/2007
Institución responsable

Función del Estado Otra