Detalle de obligacion de derechos humanos

Convenio sobre el cáncer profesional

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas con enfermedades catastróficas / Salud
Adoptar medidas para que los trabajadores que han estado, están o corren el riesgo de estar expuestos a sustancias o agentes cancerígenos reciban toda la información disponible sobre los peligros que presentan tales sustancias y sobre las medidas que hayan de aplicarse.
No. Artículo 4 Vigente Desde: 27/03/1975
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva