Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Derechos del buen vivir / Derecho a la vivienda / Personas con discapacidad
A fin de promover la igualdad y eliminar la discriminación en contra de las personas con discapacidad, garantizar que se realizen los "ajustes razonables" es decir, las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos, incluido el derecho a la vivienda.
No. Artículo 2 Vigente Desde: 03/05/2008
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva