Detalle de obligacion de derechos humanos

Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional

Derechos de libertad / Víctimas de trata de personas / Adecuación normativa
Tipificar como delito en el derecho interno la trata cuando se cometa intencionalmente. Adoptar las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para tipificar como delito: a) Con sujeción a los conceptos básicos de su ordenamiento jurídico, la tentativa de comisión de un delito de trata; b) La participación como cómplice en la comisión del delito de trata c) La organización o dirección de otras personas para la comisión del delito de trata.
No. Artículo 5 Vigente Desde: 25/11/2005
Institución responsable

Función del Estado Función Legislativa