Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Americana sobre Derechos Humanos

Derechos de libertad / Derecho a la identidad personal y colectiva / Derecho al nombre
Asegurar a toda persona el derecho a un nombre propio y a los apellidos de sus padres o al de uno de ellos. La ley reglamentará la forma de asegurar este derecho para todos, mediante nombres supuestos, si fuere necesario.
No. Artículo 18 (2) Vigente Desde: 08/12/1977
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva