Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Iberoamericana de los derechos de los jóvenes

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas jóvenes / Libertad de asociación
Promover todas las medidas necesarias que, con respeto a la independencia y autonomía de las organizaciones y asociaciones juveniles, posibilite a los jóvenes la obtención de recursos concursables para el financiamiento de sus actividades, proyectos y programas.
No. Artículo 18 (2) Vigente Desde: 27/11/2006
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva