Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Iberoamericana de los derechos de los jóvenes

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas jóvenes / Educación
Garantizar una educación integral, continua, pertinente y de calidad. Fomentar la práctica de valores, las artes, las ciencias y la técnica en la transmisión de la enseñanza, la interculturalidad, el respeto a las culturas étnicas y el acceso generalizado a las nuevas tecnologías y promover en los educandos la vocación por la democracia, los derechos humanos, la paz, la solidaridad, la aceptación de la diversidad, la tolerancia y la equidad de género. Reconocer que la educación es un proceso de aprendizaje a lo largo de toda la vida, que incluye elementos provenientes de sistemas de aprendizaje escolarizado, no escolarizado e informales, y que contribuye al desarrollo continuo e integral de los jóvenes. Garantizar la universalización de la educación básica, obligatoria y gratuita, para todos los jóvenes, y específicamente facilitar y asegurar el acceso y permanencia en la educación secundaría. Promover la adopción de medidas que faciliten la movilidad académica y estudiantil entre los jóvenes, acordando para ello el establecimiento de los procedimientos de validación que permitan, en su caso, la equivalencia de los niveles, grados académicos y títulos profesionales de sus respectivos sistema educativos nacionales.
No. Artículo 22 Vigente Desde: 27/11/2006
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva